» Legislación. Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres
 


La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacio naturales y de la flora y fauna silvestres indica en su artículo 26.1 que “las Administraciones Públicas adoptarán las medidas necesarias para garantizar la conservación de las especies, de la flora y fauna que viven en estado silvestre en el territorio español, con especial atención a las especies autóctonas”. Así mismo, en el artículo 27.b. especifica que ”la actuación de las Administraciones Públicas a favor de la preservación de la diversidad genética del patrimonio natural se basará principalmente en … evitar la introducción y proliferación de especies, subespecies o razas geográficamente distintas a las autóctonas, en la medida que puedan competir con estas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos”.